Luego de haberse aprobado en la Cámara de Diputados, el Senado de la República aprobó que a partir de enero de 2025 los turistas que ingresen al país sin permiso para realizar actividades remuneradas deberá pagar 860.5 pesos.
Con la aprobación de la reforma a la Ley Federal de Derechos, el costo para los visitantes extranjeros que lleguen a México aumentará 143 pesos, es decir, un promedio de 7.17 dólares, aproximadamente de acuerdo al tipo de cambio. Hasta ahora la tarifa actual se mantiene de 717 pesos.

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Modificaciones Ley de Derechos
Dentro del paquete de reformas también se aprobó el aumento por la prestación de los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que salgan de territorio nacional, la cual pasará de 185 a 223.09 pesos.
También se eliminó la exención del pago del derecho por la expedición del documento migratorio para los turistas pasajeros de otros países que ingresan al territorio nacional, con fines turísticos por vía marítima a bordo de crucero. Es decir que, aquellos turistas extranjeros que lleguen a tierras mexicanas a bordo de un navío, deberán pagar la cuota de 860 pesos. Cabe mencionar que este pago no se les atribuía a los turistas debido a que su estancia por crucero no rebasa las 6 horas en promedio.
Se estima que para 2025, el número de cruceristas que lleguen a México alcance los 10 millones de personas, por lo cual, con estas modificaciones, habría una recaudación de 8 mil 600 millones de pesos.
Siguiendo con la eliminación de exenciones, la reforma aprobada por el sistema Bicameral también estipula que las escuelas de aviación que realicen prácticas de vuelo en espacio aéreo mexicano deberán realizar un pago por el aprovechamiento del mismo.
¿Qué busca la reforma?
El objetivo primordial de estas reformas –que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación (DOF)–, es tener un mejor control migratorio y poner en orden la recaudación de los derechos migratorios.
De acuerdo con la información, se establece establece que el 67 por ciento de lo que se recaude por el derecho previsto en el artículo 8º fracción I de la Ley Federal de Derechos, que cubran los extranjeros que ingresen como turistas, sea destinado a la Secretaría de la Defensa Nacional. En tanto, el 33 por ciento restante lo tendrá la Tesorería de la Federación como gasto público.
Asimismo, se “modifica el artículo 220-A para indicar los porcentajes de la distribución de los recursos obtenidos por el derecho de uso, goce o explotación de aeropuertos federales”.
Por lo anterior, “los ingresos se destinarán en un 60 por ciento a la Secretaría de la Defensa Nacional y en un 40 por ciento a la Secretaría de Marina, en función de los sistemas aeroportuarios bajo su coordinación, así como sus necesidades operativas, de infraestructura e inversión que impulsarán el desarrollo de los sistemas aeroportuarios”.

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